Presentado por:
- Paul David Orellana
- Juan Fernando Ramírez
- Lorenza María Ríos Zapata
ESTADO COLOMBIANO
Presentado por:
- Paul David Orellana
- Juan Fernando Ramírez
- Lorenza María Ríos Zapata
¿QUÉ ES UN ESTADO?
Es un territorio claramente definido con un número de pobladores los cuales integran entes gubernamentales encargados de regir el manejo de las actividades políticas, económicas y sociales de sus ciudadanos.
Quizás la principal condición para ser estado como tal es ser reconocido así por la comunidad internacional.
La República de Colombia además es lo que compone a un país y al territorio, es una república presidencialista, y un estado unitario con separación de poderes ejecutivo, legislativo y judicial.
La Constitución política vigente fue proclamada, el 4 de julio de 1991. El Presidente de la República, los gobernadores departamentales, alcaldes municipales, los congresistas, diputados departamentales y concejales municipales son elegidos por voto popular.
Son aptos para votar todos los colombianos mayores de 18 años que no cuenten con impedimento.
Son impedimento pertenecer a las Fuerzas Armadas o estar cumpliendo una condena por un delito penal.
En Colombia, Territorio, pobladores y entes gubernamentales; a estos también se le agrega los organismos de control, encargados de velar porque las leyes creadas sean en pro a las de un estado de derecho acorde al modelo del país.
En Colombia, Territorio, pobladores y entes gubernamentales; a estos también se le agrega los organismos de control, encargados de velar porque las leyes creadas sean en pro a las de un estado de derecho acorde al modelo del país.
Legitimidad en Colombia:
En el papel la legitimidad en Colombia apunta a la búsqueda de garantizar que se suplan los derechos básicos a que todos sus ciudadanos tienen derecho, seguridad, salud, educación y todo aquello que les permita tener una vida digna.
En la práctica la legitimidad en nuestro país dista mucho del objetivo propio a la de un Estado Social de Derecho puesto que es evidente la pobre cobertura que el estado brinda a los más necesitados. Una cosa dice la ley y otra es la realidad.
TIPOS Y ELEMENTOS DEL ESTADO
EL ELEMENTO HUMANO:
LA NACIONALIDAD
COLOMBIANA
El artículo 96 de la Constitución Nacional dice que los nacionales
colombianos lo son:
1. Por
nacimiento
a) Los naturales de Colombia, con una de dos condiciones:
que el padre o la madre hayan sido naturales o nacionales
colombianos o que, siendo hijos de extranjeros, algunos de
sus padres estuviere domiciliado en la República en el
momento del nacimiento.
b) Los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido
en tierra extranjera y luego se domiciliaren en Colombia.
2.
Por adopción:
a) Los extranjeros que soliciten y obtengan carta de naturalización, de acuerdo
con la ley, la cual establecerá los casos en los cuales se pierde la nacionalidad
colombiana por adopción.
b) Los latinoamericanos y del Caribe por nacimiento domiciliados en Colombia,
que con autorización del Gobierno y de acuerdo con la ley y el principio de
reciprocidad, pidan ser inscritos como colombianos ante la municipalidad donde se
establecieren.
La calidad de nacional es muy importante, ya que el Estado reserva mucho
de los derechos humanos a sus nacionales y especialmente los derechos políticos
(elegir y ser elegido, derecho de acceso a los cargos públicos, etc.) y algunos
derechos civiles o derechos económicos o sociales (como la seguridad social, la
asistencia pública, los subsidios de desempleo, etc.) La calidad de nacional implica que el Estado
asume obligaciones con sus nacionales (de protección diplomática y consular,
entre otros) y que tiene derechos en relación con ellos (derecho a que lo
defiendan, derecho a la lealtad, etc.).
FORMAS DE GOBIERNO
EL PRINCIPIO ORGÁNICO:
LAS ESTRUCTURAS DEL PODER ESTATAL
Colombia es un tipo de estado capitalista que como tal refleja en su
organización la ideología jurídica típica de ese sistema: la división del poder
político (por oposición a la unidad del poder característica de los regímenes
socialistas) en ramas u órganos con el fin de evitar la concentración del poder
en una sola persona u órgano.
El poder se divide con el objeto de que el poder controle al poder y de
esa manera se garantiza la libertad de los ciudadanos; otra característica es
la defensa de la propiedad privada de instrumentos y medios de producción, que
hoy en día ha adquirido una función social.
RAMAS DEL PODER PÚBLICO EN COLOMBIA
La reforma constitucional de 1991 consagra la tradicional división del poder político en tres ramas, aunque acepta la existencia de otros órganos del poder, autónomos e independientes,como los de control, el Consejo Nacional Electoral o el Banco de la República, e impone la colaboración entre estos órganos: así lo expresa el artículo 113 de la Constitución Nacional que dice que son ramas del poder público, la legislativa, la ejecutiva y la judicial.
Rama Legislativa
La rama legislativa se encarga de elaborar las leyes y normas. Está
conformada por el Congreso, el cual se divide en dos: el Senado de la
República y la Cámara de Representantes; y por las Asambleas departamentales y
los Concejos municipales. Los miembros del Congreso son elegidos por medio
del voto popular para periodos de cuatro años.
Senado
El Senado es de circunscripción nacional; es decir, su
elección se hace a nivel nacional, para un período de cuatro años. Para que una persona pueda ser elegida
como Senador ha de cumplir con ciertos requisitos, entre ellos ser colombiano
de nacimiento, ciudadano en ejercicio y ser mayor de treinta años a la fecha de
la elección. El Senado de la República está compuesto por ciento dos miembros
(cien de circunscripción nacional y dos representantes indígenas)
Algunas funciones:
- Es el encargado de admitir la renuncia del Presidente y del Vicepresidente.
- Debe improbar o aprobar los ascensos militares conferidos por el Gobierno (altos rangos militares).
- Concede licencia temporal al Presidente para separase del cargo
Cámara de Representantes
Los Representantes a la Cámara son elegidos dentro del
marco de una circunscripción territorial (departamental); es decir, los
candidatos de cada Departamento son elegidos o no únicamente en su Departamento
respectivo.
Al igual que en el Senado, para que una persona pueda
llegar a la Cámara de Representantes debe cumplir ciertos requisitos, entre
ellos ser ciudadano en ejercicio y ser mayor de veinticinco años al momento de
la elección. La Cámara está compuesta por dos Representantes por cada
circunscripción territorial y por uno más por cada 250.000 habitantes o
fracción mayor a los 125.000 sobre los 250.000 iniciales. Existe también la
circunscripción especial, que es aquella en la que tienen derecho a participar
las minorías étnicas, las minorías políticas y los colombianos residentes en el
exterior.
Algunas funciones:
- Elige al Defensor del Pueblo.
- Examina y concluye (fenece) la cuenta nacional del tesoro que le envía el Contralor General.
- Acusa ante el Senado a los altos funcionarios del Estado. También conoce de esas quejas.
Se encarga de hacer cumplir las leyes, mantener el orden público, organizar los servicios para la población y recaudar impuestos para hacer uso de ellos.
El Presidente de la nación Jefe de Gobierno y cabeza del poder ejecutivo, el cual comparte con un gabinete ministerial.
Además es el comandante en jefe de las Fuerzas Militares.
El gabinete se compone, además del presidente y el vicepresidente, de los ministros de despacho y los directores de departamentos administrativos.
El presidente es elegido por voto popular directo para un período de cuatro años o menos, en caso de sustitución. De acuerdo a la constitución vigente el presidente puede ser reelegido hasta por un período más largo, gracias a una reciente reforma constitucional en 2005.
La Constitución de 1991 prohibía la reelección presidencial de por vida y con anterioridad era posible la reelección mediata (un ex presidente podía ser reelegido pero el presidente en ejercicio no podía ser reelegido para el período siguiente).
El vicepresidente se elige por voto popular directo en llave con el presidente. Los ministros y los directores administrativos son cargos de libre nombramiento y remoción por parte del presidente.
También se encuentran los Gobernadores y Alcaldes que son elegidos por voto popular.
Rama Judicial
Es la parte de la función publica que cumple el Estado encargada por la Constitución Política y la Ley de hacer efectivos los derechos, obligaciones, garantías y libertades consagrados en ellos. Con el fin de realizar la convivencia social, lograr y mantener la concordia nacional. la rama Judicial está formada por las llamadas altas cortes y por la Fiscalía General de la Nación.
Se encarga de aplicar la ley de manera justa y resuelve conflictos entre las personas de acuerdo a la ley.
El poder judicial de Colombia empieza a partir de la Constitución Política de 1991. Es conformado por la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, así como los tribunales y juzgados. La Fiscalía General de la Nación.
La Corte Constitucional:
La Corte, está conformada por tres salas:
- Una sala plena que conoce y se encarga de las acciones de inconstitucionalidad (Sentencias "C") y los asuntos de tutela que se vuelven sentencias de unificación (Sentencias "SU"). Conformada por nueve magistrados.
- Una sala de revisión de tutelas, conformada por tres magistrados, que se encarga de las tutelas que han sido seleccionadas para revisión (Sentencias "T"), proferidos por los diferentes despachos judiciales.
- Una sala de selección de tutelas, en donde dos magistrados se encargan de seleccionar los fallos de esta acción consagrada en el art. 86 C.N., que se llevarán a las salas de revisión.
El Consejo de Estado:
Es una institución que ejerce el cometido del Tribunal Supremo de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Este alto tribunal dirime los conflictos entre los particulares y la administración y entre la administración y la misma administración. Está integrado por treinta y un (31) Magistrados.
Ejerce sus funciones por medio de tres (3) salas, integradas así: la Plena, por todos sus miembros; la de lo Contencioso Administrativo, por veintisiete (27) Magistrados y la de Consulta y Servicio Civil, por los cuatro (4) Magistrados restantes. Igualmente, tiene una Sala de Gobierno, conformada por el Presidente y el Vicepresidente del Consejo de Estado y por los Presidentes de la Sala de Consulta y Servicio Civil y de las secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo.
La Corte Suprema de Justicia:
Es la más alta instancia judicial de la jurisdicción ordinaria en la República de Colombia. La Corte Suprema de Justicia es fundamentalmente una sala de casación que mediante sus decisiones unifica la jurisprudencia nacional y decide de forma definitiva los litigios de los cuales tiene conocimiento.
Salas:
- Sala plena
- Sala de gobierno
- Sala de casación penal: Conformada por nueve magistrados.
- Sala de casación civil y agraria: Conformada por siete magistrados.
- Sala de casación laboral: Conformada por siete magistrados.
El Consejo Superior de la judicatura
Tiene como funciones administrar a la rama judicial y complacer los secretarios judiciales a poner orden en la sala tribunal capitalino, también ejercer actos disciplinarios cuando sabe de las faltas cometidas por los funcionarios judiciales o abogados. Sus magistrados son elegidos por un período de ocho años.
Se divide en la sala administrativa y la jurisdiccional disciplinaria. La primera está compuesta por seis magistrados, uno elegido por la Corte Constitucional, dos por la Corte Suprema de Justicia y tres por el Consejo de Estado. La segunda está compuesta por siete magistrados elegidos todos por el Congreso.
Cuenta asimismo con Consejos Seccionales para facilitar la labor de esta corporación.
La Fiscalía General de la Nación:
Es un organismo adscrito a la rama judicial del Poder Público en Colombia. La Fiscalía General de la Nación para el ejercicio de la acción penal está integrada por el Fiscal General de la Nación, el vicefiscal, los fiscales y los funcionarios que él designe y estén previstos en el estatuto orgánico de la institución para esos efectos.
Éste organismo obra de conformidad a lo estipulado en la ley 906 de 2004 que trata el conformación del Sistema Penal Acusatorio (para su procedimiento) a la vez que cuenta con su propio cuerpo armado y de investigación para el apoyo de sus investigaciones CTI (en su composición)
DEMOCRACIA Y PARTIDOS POLÍTICOS
Concepto de Democracia
La palabra democracia deriva de dos palabras griegas: demos, pueblo y cratos, gobierno.
Democracia es Gobierno de todo el pueblo o doctrina política que predica la intervención del pueblo en el gobierno o gobierno en el que el pueblo ejerce soberanía. Y Lincoln señalaba que es "El gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo".
Elementos clásicos de la democracia
Uno de los elementos ha sido la función o capacidad de elegir, inicialmente restringida a ciertos grupos sociales, con poder económico o cultural.
A este elemento le fueron agregando otros como la existencia plural de partidos políticos y el ejercicio de las libertades públicas, la división de poderes y finalmente la jerarquización de las normas. Solamente en donde se conjuguen estos elementos, se puede hablar de un Estado Democrático o Estado de Derecho.
Maurice Duverger resume en tres tales elementos para configurar un modelo democrático:
- El sufragio universal para la designación de los gobernantes mediante elecciones.
- Existencia de un Parlamento con grandes poderes.
- La Jerarquía de normas jurídicas para el control de las autoridades por jueces independientes.
Como ciudad
republicana, Medellín está regido por un sistema democrático basado
en los procesos de descentralización administrativa generados a partir de la
proclamación de la Constitución de Colombia de 1991. La ciudad, con
una población significativa dentro del panorama nacional (2.225.000 habitantes
según datos del 2005), es uno de los principales centros electorales.
Historia
La ciudad ha sido gobernada en esencia por
la clase industria, cuya asociación (industrialización - política) ha
abierto en cualquier forma las puertas a un desarrollo de la ciudad basado
fundamentalmente en la industria y el comercio.
Medellín fue pensada desde principios del
siglo XX como una ciudad para ello. La planeación de vías, por ejemplo, respeta
siempre un trazado abierto al intercambio sur y norte como la llamada Troncal
Regional que recorre alterna al Río Medellín.
La
ampliación de calles a partir de la década de los 50 (en “ensanche” como fue
llamado popularmente) y otros actos urbanísticos, obedecieron y obedecen a una
visión político-administrativa de desarrollo económico. Ello ha hecho que
en la ciudad se dé cada tanto cambios drásticos en su entorno urbano, grandes
obras, grandes inversiones y otras cosas que obedecen a una política del corte
liberal, aunque Medellín haya sido siempre por tradición de alineación
conservadora en otros terrenos.
La Guerra Civil, la violencia que sacudió
los campos colombianos en 1949 tendría sus influencias en el
crecimiento de la ciudad, como sucedió en muchas capitales colombianas. La
ciudad vio la llegada de nuevos grupos humanos no planeados que ocuparon
terrenos no pensados como parte del entorno urbano, especialmente las zonas
norte de la ciudad. Tales grupos humanos que buscaron refugio en la ciudad ante
la grave situación política en las zonas rurales de Colombia, crearon
nuevos barrios y con ello un nuevo orden social y político dentro de
la ciudad. Sin embargo, la tardanza en respuestas efectivas a la nueva
situación hizo que los barrios populares vivieran la marginalidad y prepararan
el ambiente para la crisis de la década de los 80.
El advenimiento de las mafias a partir de
la década de los 70 en todo el país corrompió las capas políticas nacionales y
puso en peligro la integridad de las instituciones. El choque entre los
carteles de la droga y el estado tendrían como sede principal a la
ciudad, la cual fue sometida al terror en todas sus formas.
Participación ciudadana ha sido la
respuesta a la crisis. Presencia de Estado no en forma represiva y
de terrorismo de Estado sino como ente facilitador de los procesos
comunitarios.
En 1980 se creó el Área
Metropolitana de Medellín con el fin de crear un eje de desarrollo en las
diez ciudades que se asientan en el Valle de Aburrá y cuyo centro,
ciudad o municipio núcleo es Medellín. Con el Área Metropolitana se
dinamizó la vida política de la ciudad de tal manera que el Alcalde de Medellín
debe trabajar en equipo con los alcaldes de las otras ciudades con proyección
metropolitana.
Se construyó además un nuevo espacio para
la gobernación de la ciudad, como del departamento de Antioquia en lo
que hoy se conoce como el Centro Administrativo La Alpujarra y que reúne
las principales instituciones garantes de la democracia colombiana (Alcaldía de
Medellín, Concejo de Medellín y todas sus dependencias).
Rama ejecutiva
Centro administrativo La Alpujarra.
El poder ejecutivo de la ciudad
descansa en el Alcalde de Medellín el cual es elegido democráticamente entre
medellinenses mayores de edad que presenten sus nombres para el cargo. De la
Alcaldía dependen además las diferentes secretarias encargadas de ejecutar los
programas de gobierno durante el periodo de dos años.
Alcalde es el responsable de
expedir decretos y estos son su principal herramienta administrativa.
El Alcalde de Medellín es además el que presenta la terna ante el concejo de
alcaldes para la elección del Director del Área Metropolitana de Medellín.
La participación ciudadana está además
garantizada en las diferentes organizaciones comunitarias de las cuales la más
importante es la acción comunal cuyos territorios son determinados por la
Alcaldía dentro de las comunas y barrios.
Rama legislativa
El poder legislativo de la ciudad
descansa en el Concejo de Medellín y legisla por medio de
las ordenanzas municipales. Los ciudadanos y sus asociaciones tienen
el derecho de ser representados en este organismo y de presentar sus propios
proyectos legislativos.
Rama judicial
El poder judicial de la ciudad
sigue todo el proceso judicial colombiano en sus distintos departamentos de los
cuales los tribunales son los más representativos. Existen además
figuras de fiscalización de la justicia y de los actos administrativos, así
como las oficinas de veeduría, derechos humanos, fiscalía, defensor
del pueblo y otros.
BIBLIOGRAFÍA
CORAL QUINTERO, Ignacio. Elementos Constitucionales y de Teoría del Estado. Ediciones Librería del Profesional. Segunda Edición. 2000.
SÁNCHEZ TORRES, Carlos Ariel. Participación Ciudadana en Colombia. Ley 134 de 1994. Biblioteca Jurídica Dike. Medellín. 1994.
CIBERGRAFÍA
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, Consultado en: http://www.youtube.com/watch?v=Qs_rIEW9LYY
ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO. Consultado en:
ESTRUCTURA DE LAS RAMAS DEL PODER PÚBLICO. Consultado en:
GOBIERNO Y POLÍTICA EN LA CIUDAD DE MEDELLIN, COLOMBIA. Consultado en: http://es.wikipedia.org/wiki/Gobierno_y_pol%C3%ADtica_en_Medell%C3%ADn,_Colombia
INFOGRAFÍA: ASÍ FUNCIONA EL ESTADO. Consultado en:
LA DEMOCRACIA. Consultado en:
RAMAS DEL PODER PÚBLICO. Consultado en:
http://ramaspoderpu.blogspot.com/2013/05/rama-judicial.html
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO: ORGANIGRAMA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Consultado en:
http://www.ramajudicial.gov.co/csj/publicaciones/csjt/subcategoria/250/525/Organigrama
RAMA LEGISLATIVA. Consultado en:
http://alvarezasociadosytoro-ramalegislativa.blogspot.com/2012/04/rama-legislativa-la-rama-legislativa.html
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